Comunicado
Local

Toma de decisiones con apoyo para la reparación integral de las víctimas con discapacidad

Toma de decisiones con apoyo para la reparación integral de las víctimas con discapacidad

Desde 2014, la Unidad para las Víctimas, con el apoyo del Programa de Fortalecimiento Institucional para las Víctimas de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), inició el desarrollo del “Procedimiento para la toma de decisiones con apoyo para personas con discapacidad cognitiva/intelectual, mental/psicosocial o múltiple”.

El procedimiento es un ajuste razonable a la ruta de reparación integral, que tiene como objetivo garantizar que estas víctimas del conflicto accedan en igualdad de condiciones a la indemnización administrativa a la que tienen derecho e inviertan este recurso en mejorar sus condiciones de vida. El Procedimiento abarca: la identificación de las víctimas con discapacidad cognitiva, mental o múltiple que tienen derecho a la indemnización; la aplicación del Instrumento de Valoración de Apoyos; y la identificación de los mecanismos de apoyo en la toma de decisiones, que funcionan como salvaguardas para la toma de decisiones de la víctima con discapacidad frente a la indemnización y con los que se busca evitar abusos por parte de terceros en la utilización de este recurso. 

Uno de los primeros casos de valoración de apoyos fue el de Ángela María Flórez Marulanda, mujer con discapacidad intelectual y física, víctima del conflicto armado de 25 años de edad, residente en el municipio de Guática (Risaralda). En su caso, el resultado del instrumento técnico evidenció que Ángela requiere apoyos para la comunicación, para la realización de actividades de la vida cotidiana y para su desplazamiento. Además, requiere apoyo personal para la toma de decisiones financieras, por lo cual, se identificó a María Cecilia Marulanda Montoya, madre de Angela María, como el apoyo principal idóneo para facilitar la administración de los recursos de la indemnización administrativa.

En la construcción del plan de inversión adecuada de los recursos de indemnización administrativa, se identificaron las necesidades de Angela, con el fin de orientar la utilización del dinero. La Unidad realizó seguimiento al plan de inversión, encontrando que el recurso fue invertido en la satisfacción de sus necesidades básicas, como la compra de ropa y suplementos nutricionales, una cama especial para el descanso, así como mejoras en su domicilio (instalación de baldosa en el piso) que favorecen su desplazamiento por la casa.

Al 30 de noviembre de 2019, cerca de 70 personas víctimas del conflicto con discapacidad mental, cognitiva o múltiple han realizado su solicitud de indemnización, la cual, por su condición de extrema vulnerabilidad y urgencia manifiesta, es prioritaria. Mediante la aplicación del Instrumento de Valoración de Apoyos, estas personas lograrán garantizar el ejercicio de su autonomía, así como reducir el tiempo del proceso y asegurar la entrega de la indemnización administrativa de manera expedita.

Anteriormente, para acceder a la indemnización administrativa la persona con discapacidad cognitiva, mental o múltiple debía tramitar el proceso judicial de interdicción, que duraba aproximadamente dos años y desconocía la capacidad legal de las personas con discapacidad cognitiva, mental o múltiple, dándole a un tercero el poder para tomar todas las decisiones en su vida. En contraste, el Procedimiento toma aproximadamente tres meses (incluyendo, si es necesario, una visita domiciliaria) y es acompañada integralmente por el grupo de enfoque psicosocial de la Unidad para las Víctimas, sin desconocer la capacidad legal de la persona y sin interferir en las demás decisiones de la vida diaria de estas.

Este ajuste  en la ruta de reparación integral fue desarrollado en respuesta al cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Auto de la Corte Constitucional 173 de 2014 en su orden 12. Así mismo está en consonancia con la recién sancionada Ley 1996 de 2019 sobre el ejercicio de la capacidad legal de las personas mayores de edad con discapacidad, la cual elimina la figura de interdicción y les da igualdad de condiciones a las personas con discapacidad cognitiva o mental/psicosocial para la toma de decisiones autónomas sin distinción alguna e independientemente de si usan o no apoyos para la realización de actos jurídicos.

De esta forma la Unidad para las Víctimas, con el apoyo de USAID y OIM, sigue avanzando en la eliminación de obstáculos de acceso de las víctimas, garantizando la igualdad de condiciones en la reparación integral.